FRANCISCO DE PAULA SANTANDER
(1792 - 1840)

Periodista, Político, Orador elocuente y uno de los mejores escritores militares de su época, su estilo fue claro y preciso, pero sus escritos fallan por el uso de galicismos.
Fue colaborador de los periódicos: El Patriota, Gaceta, Colombia, Correo de Bogotá y Bandera Nacional.
Presidente de Colombia y prócer de la independencia de su Patria. Estudiaba Leyes en Bogotá cuando se produjo la guerra de emancipación (1810).
Participó en la campaña de los Llanos y de Caracas y fue el eje principal de la Campaña Libertadora; encargado de La Presidencia en varias oportunidades, Diputado a la Convención de Ocaña cuando se descubrió una conspiración para asesinar a Bolívar, se afirmó que formaba parte de ella, fue procesado y se le condenó a muerte pero luego se le desterró.
Muerto Bolívar en 1830 fue llamado para ocupar la Presidencia se le considera como el iniciador de la organización Civil y administrativa de su Patria.
Su carácter extremadamente respetuoso de las disposiciones legales y constitucionales que le dió repetidas muestras como gobernante le han merecido el título de “El Hombre de Las Leyes”. Como administrador, primero de la Gran Colombia y luego de la Nueva Granada fue notable por el impulso del país. Su mejor elogio está en estas Palabras de Bolívar:
“Santander en la administración y el ejército en el campo son los autores de la grandeza y la prosperidad de Colombia”.
La elaboración y diseño del presente Manual se hizo con fundamento en el artículo 17 del Decreto No. 1860 del 3 de Agosto de 1994, reglamentario de la ley 115 de 1994 (Ley General de Educación), el concepto del máximo tribunal de la corte constitucional que considera que quien se matricula en un centro educativo con el objeto de ejercer el derecho constitucional que lo ampara, contrae por ese mismo hecho obligaciones que debe cumplir de tal manera que no pueda invocar “la garantía de tutela para excusar las infracciones en que incurra”, y las sugerencias presentadas por Alumnos, Profesores, docentes, directivos y Padres de Familia que se incluyeron en la redacción del texto final.
Además ha sido fundamental la colaboración de Abogados amigos de la Institución, quienes hicieron sus aportes en torno a la concordancia del Manual con los principios consagrados en la Constitución Nacional, en los derechos humanos y en los derechos del niño; lo cual permitirá educar al estudiante Santanderista en la práctica de la democracia, el trabajo, la recreación, la libertad, la solidaridad, la justicia social y la convivencia pacífica, para el mejoramiento cultural, científico, tecnológico y para la protección del medio ambiente.
La justificación del presente Manual se basa en la necesidad que tenemos de educar integralmente al joven de hoy, con base en unos principios y valores que contribuyen a la formación de una sociedad más justa y equitativa. En consecuencia, este Manual es un instrumento de apoyo institucional que contiene las reglas y procedimientos que ayudarán a formar los hombres del futuro con sólidos valores como: la Responsabilidad, la Justicia, la Libertad y el Respeto mutuo.
La comunidad educativa evaluara anualmente este manual para corregir, modificar ampliar o anular lo pertinente, siempre y cuando lo que se anexe no sea inconstitucional o claro principio violatorio de los derechos fundamentales.
CONSIDERANDO.
A.- Que es obligación de toda institución educativa, elaborar un MANUAL DE CONVIVENCIA, como instrumento y medio de formación, que se ajuste a la nueva Constitución política de Colombia, a la Ley 115 de 1994 que regula la educación en nuestro país y a las normas establecidas en el Código del Menor.
B.- Que el Manual de Convivencia se debe elaborar con la participación activa y responsable de todos los estamentos institucionales.
C.- Que es necesario adoptar las normas y procedimientos que regulen las relaciones de los alumnos con los Docentes, Directivos Docentes y demás integrantes de la familia Santanderista, de tal manera que permitan crear un ambiente de orden, respeto, cooperación, Democracia, Responsabilidad, Justicia Social y Disciplina en la Institución.
D.- Que el Manual de Convivencia ayuda al logro de las metas y objetivos educativos propuestos y permite orientar la formación de los alumnos, hacia un desarrollo integral como persona y de acuerdo con los principios consagrados en la Constitución Nacional.
E.- Que el presente Manual debe guardar estrecha relación y coherencia con la filosofía y objetivos del Plantel, consignados en lel Proyecto educativo institucional (P.E.I.)
RESUELVE.
ARTICULO 1: Adoptar el presente MANUAL DE CONVIVENCIA como documento formativo y normativo de los alumnos de la institución Educativa Distrital Francisco de Paula Santander.
ARTICULO 2: El presente Manual de Convivencia será evaluado y modificado periódicamente, previa aprobación del Consejo Directivo y de acuerdo con las normas legales que se produzcan en el transcurso de su vigencia.
ARTÍCULO 3: Este Manual de Convivencia regirá a partir de la fecha de su Promulgación.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Santa Marta a los __ días del Mes de__________ de dos mil _______ (2.00__).
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Lic JUAN CARLOS VEGA POSADA
RECTOR.
CAPITULO II
MARCO CONCEPTUAL Y LEGAL.
Numeral 2.- Teniendo en cuenta que el alumno es el Centro del proceso Enseñanza-Aprendizaje, es apenas lógico que todas las acciones que se lleven a cabo en la Institución tiendan a orientar su formación hacia un desarrollo integral como persona, que como tal pertenece a una comunidad y en consecuencia debe conocer sus derechos, sus deberes y poseer un criterio bien definido sobre sus relaciones con los demás estamentos de la comunidad educativa y sobre la importancia de su aporte para el logro de los objetivos que la Institución se plantea.
Todo lo descrito anteriormente es fundamental para que en la Institución exista un ambiente propicio para el diálogo, la concertación y la participación en las diferentes actividades que desarrollen.
El presente instrumento pretende contribuir con la formación integral del estudiante Santanderista y potenciar todas sus dimensiones humanas, puesto que el trabajo a nivel institucional está orientado ideológicamente hacia el crecimiento de los siguientes aspectos:
a.- La creación de hábitos y actitudes favorables para el estudio y el cumplimiento de las tareas.
b.- La orientación constante para que el educando sea sujeto no sólo de su propio desarrollo, sino también al servicio del desarrollo de su comunidad.
c.- El desarrollo de la creatividad, el espíritu crítico y la disposición respetuosa frente a los demás.
d.- La toma de decisiones en una forma madura, libre y responsable frente al acontecer cotidiano, propiciando así el desarrollo de su autonomía.
El Manual de Convivencia se concibe como la brújula que orienta el diario convivir educativo, hace parte del Proyecto Educativo Institucional (P.E.I.) de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 73 y 87 de la Ley 115 de 1994 y se fundamenta en:
· La Constitución Política de Colombia (1991)
· La Ley General de Educación (Ley 115 - 1994)
· Los Derechos Humanos
· El Código del Menor, Decreto 2737 de Nov. 27 de 1989
· El Decreto No. 1860 del 3 de agosto de 1994, reglamentario de la Ley 115 (Ley general de Educación)
· El decreto No. 0230 del 11 de Febrero de 2002.
· El Perfil del Estudiante Santanderista
· La Filosofía Institucional.
CAPITULO III
OBJETIVOS GENERALES DE LA INSTITUCIÓN.
Numeral 3.- Los objetivos Generales de la institución son:
a.- Fomentar la lealtad, la justicia y el patriotismo, induciendo al educando a participar de manera responsable, en la solución de problemas de la Institución y la comunidad.
b.- Ofrecer una formación integral a los educandos atendiendo los aspectos físicos, morales, éticos, afectivos, sociales, estéticos, tecno- científicos e intelectuales, que conlleven a la constitución de un nuevo orden social.
CAPITULO IV
OBJETIVOS DEL MANUAL DE CONVIVENCIA.
Numeral 4. Son objetivos del Manual de convivencia:
a.- Ser el fundamento legislador de la institución educativa.
b.- Establecer y dar a conocer a todos los estamentos de la comunidad santanderista las normas básicas para el buen funcionamiento del plantel, con la participación activa del Profesorado, alumnos y Padres de familia.
c.-Explicar la filosofía, misión, visión, objetivos, normas, criterios y disposiciones institucionales.
d.- Favorecer la comprensión y actuación responsable de las normas establecidas para una convivencia social y democrática.
e.- Definir las pautas que orienten los derechos, deberes y responsabilidades de todos los estamentos de la comunidad educativa, que permitan alcanzar los ogros de formación integral y convivencia pacifica.
f.- Servir de elemento de consulta al momento de la toma de decisiones en la solución de situaciones que afecten la vida escolar.
g.- Ayudar a cada uno de los miembros de la comunidad educativa en el cumplimiento de sus responsabilidades.
h.- Organizar de manera clara y objetiva los procedimientos disciplinarios.
i.- Informar a los alumnos sobre sus derechos y deberes; brindar estímulos y aplicar correctivos.
j.- Lograr armonía, comunicación y colaboración entre los profesores, alumnos y Padres de familia.
k.- Motivar y orientar al alumno en todas las actividades curriculares y lúdicas.
l.- Orientar e incentivar al alumno hacia su autoformación para que sea capaz de responder a las exigencias de la comunidad educativa y las necesidades de su entorno social.
TITULO III
DE LA DOCTRINA INSTITUCIONAL
CAPITULO V
Perfil Institucional.
Numeral 5.- Perfil Institucional. La Institución Educativa Distrital Francisco de Paula Santander se muestra ante la comunidad como centro pedagógico formador de jóvenes capacitados académicamente en diferentes campos del saber, con base en valores humanos y el desarrollo de capacidades analíticas, reflexivas y críticas abiertas a la participación y a la competencia; involucran en este proceso educativo a todos los estamentos de su comunidad bajo los principios de igualdad, justicia y trabajo.
CAPITULO VI
Política de la Institución
Numeral 6 Las políticas santanderistas se enmarcan dentro de las políticas educativas, nacionales, regionales, locales, constitucionales y la ley general de educación.
Se considera esencial cualificar la vida educativa santanderista y los programas de acuerdo al contexto las necesidades de los alumnos apoyadas en las siguientes estrategias:
Coordinación – Inter.-institucional: Con entidades Distritales, Departamentales, Nacionales e Internacionales.
Aprovechamiento de los recursos e infraestructuras pertenecientes a las escuelas o existente: en la naturaleza y otras instituciones gubernamentales o privadas.
Participación comunitaria institucional: que conlleven al mejor estar del plantel.
CAPITULO VII
Filosofía de la Institución.
Numeral 7 .- Filosofía de la Institución.- La institución Fundamenta su ejercicio en formar “ Estudiantes de Ley”, cabales en su comportamiento y rendimiento con base en el “ Saber Hacer “ y la exaltación de los valores humanos; con actitud analítica, crítica y gran sentido democrático y de participación; que les permita proyectarse ante la comunidad como autogestores de su propio saber y desempeño.
CAPITULO VIII
Misión
Numeral 8. Misión. Orientar procesos para la formación integral de los educandos, fortaleciendo el sentido de pertenencia y participación, con base en el ejercicio del conocimiento de los “ saberes humanos” dentro de un ambiente de tolerancia , respeto, dignidad y con sentido ético en todos sus comportamientos.
CAPITULO IX
Visión
Numeral 9 Visión. - Hacia el futuro, la Institución se proyecta como un centro educativo donde se dinamicen procesos eficientes acordes a los intereses de los estudiantes, con la puesta en marcha de una educación integral, bajo nuestro principio institucional de formar “ Estudiantes de Ley” con prevalencia del trabajo en equipo y actualización de las acciones académicas que merezcan el reconocimiento de la sociedad en general por la “Educación de Calidad” que se imparte a los niños ( niñas) y jóvenes estudiantes, como institución líder con amplia oferta y cobertura educativa.